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El fallo de la Corte Internacional de Justicia contra Israel

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) de las Naciones Unidas falló en contra de Israel el viernes dando lugar a una denuncia presentada ante la entidad por Sudáfrica, al considerar posible que Israel esté cometiendo un genocidio contra el pueblo palestino en la Franja de Gaza, por lo que dictó una serie de medidas cautelares. La noticia fue ampliamente celebrada, no obstante, la resolución presenta contradicciones, ya que por un lado insta a Tel Aviv a tomar “las medidas necesarias para evitar un genocidio”, y permitir el ingreso de ayuda humanitaria, pero no plantea el cese al fuego ni el fin de las operaciones militares y bombardeos israelíes.


Debido al carácter del fallo, su recepción tuvo valoraciones disímiles. La Autoridad Palestina la saludó como una demostración de que ningún país está por encima de la ley, en tanto que Hamas la valoró como una decisión que contribuye a aislar a Israel y poner en evidencia sus crímenes. No obstante, como no establece un cese al fuego, punto que era reclamado por la presentación sudafricana, sus promotores reconocen cierta insatisfacción. Y, en el caso del pueblo de Gaza, fue recibida directamente con frustración y resentimiento, según consignan cronistas.


En el caso del primer ministro israelí, Benjamin Netanyahu, celebró que no impone un alto al fuego, pero criticó el resto de las medidas, repitiendo el argumento insostenible de que Israel no estaría cometiendo un genocidio sino ejerciendo un derecho a la autodefensa.


En adelante, se abre un período prolongado en que Sudáfrica deberá fundamentar las acusaciones contra Israel, que puede interponer recursos que dilaten el proceso. Un fallo definitivo podría demorarse años. A la vez, si bien las resoluciones de la CIJ son vinculantes, Israel, que cuenta con el apoyo abierto de Estados Unidos, no tendrá mayores reparos en desconocerlas.


En su presentación, Sudáfrica asegura que Israel infringe el artículo 2 de la Convención para la Prevención y Sanción del Genocidio (1948), de la que Tel Aviv es signataria, y que lo define como un acto ejecutado “con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso”.


Esta definición encuadra a la perfección con las operaciones israelíes, que han destruido o afectado a la mitad de los edificios del enclave; que atacan sistemáticamente hospitales, escuelas y centros de refugiados; que desplazaron al 80 por ciento de los habitantes de sus hogares; y que están acompañadas de un bloqueo que dejó a la región al borde de la hambruna, sin combustibles ni medicinas.


Más allá del valor que pueda tener la denuncia sudafricana, la detención del genocidio es impensable en los límites de la diplomacia internacional y las Naciones Unidas. Todo está en manos de la resistencia del pueblo palestino, de la solidaridad activa y la movilización popular a nivel mundial.

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